Las carencias de medios personales y materiales que sufre la administración de justicia viene alcanzando desde hace tiempo cotas crecientemente preocupantes, al tener su reflejo en una drástica reducción de la eficacia en su funcionamiento, lo que en muchos casos se vuelve en términos reales contra la misma esencia del concepto etimológico de justicia.
La situación límite e insostenible de carga de trabajo que vienen soportando los funcionarios de justicia y la falta de medios materiales, está incuso agravada por la situación de crisis económica que atravesamos. Esta situación ha conducido al desencadenamiento de una circunstancia inédita y sin precedentes en España: la huelga de jueces del pasado mes de febrero, en la que fue aprovechado un vacío legal no exento de polémica en todas las esferas sociales.
Por otra parte algunos acontecimientos acaecidos recientemente (caso Mari Luz, reos acusados de delitos de gran repercusión social puestos en libertad con causas pendientes, polémicas sentencias por delitos de terrorismo, etc) han producido una creciente alarma social que en cierto modo ha desencadenado una mayor atención a la reforma de la justicia. No obstante dicho interés resulta asimétrico si se considera por una parte la opinión pública y por otra los Poderes del Estado.
Es cierto que aunque en poco tiempo se han tomado algunas medidas tendentes a reducir el problema de la falta de medios (en los presupuestos del presente ejercicio 2009 se aumentó la dotación presupuestaria para la justicia en una cuantía inferior al 10% respecto a la cuantía del año anterior para el mismo fin), lo cierto es que tales medidas resultan tan escasas como insuficientes.
Una de las últimas iniciativas consistió en la emisión por parte de la Secretaría de Justicia, de la Resolución de 24 de febrero de 2009 por la que se convocaban subvenciones para las asociaciones profesionales de fiscales. El objetivo de tales subvenciones consistía en contribuir a la financiación de actividades y estudios que pudieran realizar tales asociaciones, estando dirigidas a la mejora de la justicia y especialmente a la participación activa en proyectos que enfocados a dicha reforma.
El Consejo General del Poder Judicial (C.G.P.J.) también despunta algunos atisbos reveladores de que algo se está moviendo para propiciar un cambio. Sin embargo se ven pequeños esfuerzos, escasa o nula coordinación y una manifiesta falta de voluntad para aunarlos.
Así las cosas, el panorama de la justicia durante el año 2007 presentó un aspecto francamente desolador. Según la Memoria del C.G.P.J. (disponible en www.poderjudicial.es), el número de asuntos ingresados en los órganos judiciales españoles durante dicho ejercicio fue de 8.343.687, incrementándose un 3,7% respecto del año anterior. La denominada “litigiosidad” alcanzó la cifra de unos 185 asuntos por cada 1.000 habitantes (del orden de un 3% superior a 2006). Por jurisdicciones, hay diferencias sustanciales entre el número de asuntos ingresados y los resueltos, resultando particularmente preocupantes las diferencias existentes en el caso de las primeras instancias.
Por otra parte, algunos datos de la citada Memoria del C.G.P.J. también ponen de relieve que nos encontramos ante una situación crítica: por ejemplo, en la jurisdicción penal las comunidades de Castilla La mancha, Baleares, Valencia y La Rioja presentan tasas de congestión superiores a la media. Otros datos incluidos en la Memoria incluso podrían sugerir diferentes grados de eficacia en diferentes órganos jurisdiccionales.
La reforma de la justicia debería ir orientada en tres líneas directrices:
a) El primer conjunto de medidas debería corresponder a una mera dotación para proveer los medios personales y materiales realmente necesarios para la consecución de los objetivos de la administración de justicia.
b) La segunda línea directriz debería ir dirigida a la gestión eficiente de toda la maquinaria judicial con el fin de adecuar su verdadero dimensionamiento. Resulta evidente que en este sentido deberían potenciarse especialmente las áreas de gestión presupuestaria, contratación, informática, y administración de personal.
c) La tercera línea de acción debería ir dirigida a fomentar las soluciones alternativas de composición de conflictos (especialmente, el arbitraje), con objeto de desviar del circuito tradicional muchos de los casos que llegan a los juzgados.
Como vertebración de las líneas directrices que se acaban de referir, resulta absolutamente necesario consensuar un verdadero Pacto Nacional para la Reforma de la Justicia, creíble y viable. El resultado del mismo debería materializarse en agilizar los procesos judiciales, especializar aún más los juzgados, informatizar adecuadamente todo el sistema judicial, y formar a los funcionarios de forma continua. En definitiva, ofrecer un servicio eficiente, y acercar la justicia al ciudadano.
Desgraciadamente y en base a los hechos constatables, la reforma de la justicia no es una cuestión que parezca encontrarse entre las principales prioridades de los gobernantes. Sin duda se trata de una actitud completamente equivocada. ¿Alguien se ha parado a pensar que el deficiente funcionamiento de la Justicia en cierta medida podría desincentivar, junto con otros factores, la inversión extranjera en nuestro país? ¿Esperaremos hasta entonces para emprender una reforma profunda del sistema? Viviremos y veremos...
José Luis Gracia